Este tipo de organización comunitaria cuenta con personería jurídica, sin fines de lucro y de interés público, responsable de administrar los bienes e inversiones en un sistema de abastecimiento de agua potable.
Redacción Digital
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Personal técnico de la Sección de Seguridad Hídrica en conjunto con la Directora Regional y personal de la Agencia de Tierras Altas del Ministerio de Ambiente (MiAMBIENTE) intercambiaron la normativa que rige el recurso hídrico del país con los delegados de las Juntas Administradoras de Acueductos Rurales (JAAR) del distrito de Renacimiento.
La ocasión le permitió a MiAMBIENTE exponerle a los asistentes los requisitos y procedimientos para obtener la concesión de agua y demás procesos relacionados a la gestión ambiental.
Cabe señalar que, las JAAR son organizaciones comunitarias con personería jurídica, sin fines de lucro y de interés público, responsable en condiciones de administradora del usufructo de los bienes e inversiones en un sistema de abastecimiento de agua potable, construido por el Estado, la propia JAAR u otra organización para beneficio de la comunidad. El agua del acueducto debe tener condiciones de calidad, cantidad y continuidad.
Su uso es fundamentalmente, para consumo humano y uso doméstico, esto es, para beber, aseo personal, preparación de los alimentos, lavado de ropa, enseres y utensilios domésticos.
Datos, O. Esquivel.